Servicios de Importación

  • Análisis de la mercadería a importar previo a la compra, determinando posición arancelaria, régimen impositivo, documentación complementaria.
  • Ingreso y oficialización de la (SIMI) Sistema integral de Monitoreo  de importaciones,  seguimiento hasta su autorización.
  • Confección, presentación y tramitación del Despacho de Aduana de importación.
  • Coordinación, supervisión y control de todas las gestiones necesarias para cargar y retirar la mercadería de depósito fiscal,  puerto o aeropuerto.
  • Expediente de Admisión Temporal de máquinas y equipos. Régimen de importación de bienes, integrantes de  grandes proyectos de inversión, Régimen de muestras, Régimen de envíos postales, Mudanzas etc.
  • Tramitación, de acuerdo, al tipo de mercadería, de las certificaciones de organismos no aduaneros como (INAL, ANMAT, SENASA, SECRETARIA DE INDUSTRIA entre otros) para su despacho a plaza.

Cómo registrarse en el RUMP para tramitar Licencias No Automáticas

Inscribir a un Importador en el Registro Único del Ministerio de Producción (RUMP)?

Una vez que se haya realizado la inscripción, se deberá registrar la SIMI y en un plazo máximo de 10 días hábiles desde la visualización de "oficializado" del trámite:

Acceder al Registro Único del Ministerio de Producción (RUMP)

Regístrate en el RUMP por única vez para realizar los trámites del Ministerio de Producción y no tener que presentar la documentación cada vez que inicies uno nuevo. Vas a poder seguir su estado, editar tus datos y adjuntar documentación.

¿Qué necesito?
  • CUIT y clave fiscal nivel 2 en AFIP
  • Contar con Trámites a Distancia (TAD) asociado a AFIP
Pasos a seguir
  • Ingresá al TAD (Trámites a Distancia) con tu C.U.I.T. y clave fiscal nivel 2.
  • Si es la primera vez que accedés, ingresá en este enlance para saber cómo adherirte al servicio. Podés ver el Instructivo TAD (Trámites a distancia)
  • En la sección Nuevo Trámite seleccioná "Inscripción a Registro Único del Ministerio de Producción (RUMP)" y completá los pasos:
    • Ingresá tus datos
    • Presentá la documentación requerida
    • Confirmá el trámite
    • Ingresá a Notificaciones Recibidas y obtené tu número de RUMP
  • Podés ver los pasos para acceder de forma virtual se encuentran detallados aquí

Observaciones en las SIMI mediante bloqueo de AFIP

Dichos motivos, podrán ser visualizados a través del servicio "Mis Operaciones Aduaneras", dentro de la opción "Intervenciones de Terceros Organismos", ingresando a la subconsulta "Motivos", la cual permite aclarar con un Código/Descripción las observaciones realizadas de acuerdo al siguiente detalle:

En cuánto a los códigos de observaciones, podrán ser los siguientes:

  • BI15 Intervención de la Secretaria de Comercio Interior 1 (Licencia Automática)
  • BI17 Intervención AFIP 1
  • BI18 Intervención AFIP 2
  • BI30 Intervención AFIP: ya vistas las observaciones específicas más arriba
  • BI31 Intervención Subdirección de Control Aduanero
  • BI33 Intervención AFIP – Seguridad Social: ANSES. Generalmente se presenta cuándo la situación previsional del contribuyente tiene irregularidades.
  • BI34 Secretaría de Comercio Exterior – LNA: Opera sobre las mercaderías que presentan Licencia No Automática además del SIMI. Mientras la LNA se mantenga en análisis, no aparecerá aprobada. Es la que más demora son licencias.
  • BI38 Intervención SCE –DJCP
  • BI39 AFIP – Dirección General Impositiva (DGI): Otra de las más comunes.

Códigos de los bloqueos más usuales

  • F01 La CUIT se encuentra en estado Pasiva / Inactiva.
  • F02 La CUIT se encuentra en la base de contribuyentes no confiables (facturas apócrifas).
  • F03 La CUIT se encuentra registrada con estado de quiebra
  • F04 El domicilio presenta inconsistencias. Verifique su situación por medio del servicio Sistema Registral con clave fiscal.
  • F05 La CUIT no se encuentra inscripta en el IVA. Verifique su situación por medio del servicio Sistema Registral con clave fiscal.
  • F06 La CUIT no se encuentra inscripta en el Impuesto a las Ganancias. Verifique su situación por medio del servicio Sistema Registral con clave fiscal
  • F07 La CUIT de alguno/s integrantes de la sociedad no se encuentra inscripta en el Impuesto a las Ganancias.
  • F08 Falta presentación de la última D.J. vencida de Ganancias. Regularice su situación.
  • F09 Falta presentación de la D.J. de I.V.A. dentro de los últimos 12 periodos fiscales mensuales. Regularice su situación.
  • F10 Falta presentación de la última D.J. vencida de Bienes Personales. Regularice su situación.
  • F11 Falta presentación de la D.J. de Seguridad Social dentro de los últimos 12 periodos fiscales mensuales. Regularice su situación.
  • F12 Se verificaron inconsistencias en las D.J. de I.V.A. dentro de los últimos 6 periodos fiscales mensuales. Regularice su situación.
  • F13 La CUIT posee un proceso de Fiscalización o Verificación en curso”.
  • F14 Falta presentación de la última D.J. vencida de Ganancia Mínima Presunta. Regularice su situación (*)
  • F15 Falta presentación de la última D.J. vencida de Bienes Personales Acciones y Participaciones Societarias. Regularice su situación. (*)
  • F16 Falta presentación de la D.J. de SICORE dentro de los últimos 12 periodos fiscales mensuales. Regularice su situación. (*)
  • F17 Sr. Contribuyente, Ud. posee una fiscalización electrónica incumplida. A la brevedad generará bloqueo. (*)
  • F18 Sr. Contribuyente, Ud. tiene incumplida la presentación de la D.J. de Precios de Transferencia. A la brevedad generará bloqueo. (*)
  • F19 Sr. Contribuyente, Ud. tiene incumplida la presentación de la D.J. de Participaciones Societarias. A la brevedad generará bloqueo. (*)
  • F20 Sr. Contribuyente, Ud. tiene incumplida la presentación de la D.J. de Transferencia Electrónica de Estados Contables. A la brevedad generará bloqueo. (*)
  • F21 Sr. Contribuyente, Ud. posee requerimientos de inspección pendientes. A la brevedad generará bloqueo. (*) Donde (*) debe entenderse como NUEVOS MOTIVOS DE OBSERVACIÓN

Las aéreas intervinientes de la DGI en este nuevo control, son las siguientes:

Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior – Direcciones Regionales

  • Divisiones de Investigación
  • Divisiones de Fiscalización

Subdirección General de Operaciones Impositivas Metropolitanas – Direcciones Regionales

  • Divisiones de Investigación
  • Divisiones de Fiscalización

Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales

  • Dirección Fiscalización de Grandes Contribuyentes Nacionales
  • Departamento Investigación Grandes Contribuyentes Nacionales
  • Divisiones de Fiscalización

Algunos de los controles que se realizarán refieren a los siguientes motivos:

Antigüedad de inscripción en la AFIP RO1 Sin antigüedad: la CUIT no registra antigüedad mayor o igual a 18 meses en el impuesto a las ganancias.

Relación Débito/Crédito Fiscal (saldo técnico del impuesto) R02 Relación Débito/Crédito Fiscal: Se verificaron inconsistencias en relación al Crédito/Débito Fiscal.

Giros al exterior por pagos anticipados de mercadería/Despachos de importación R03 Giros sin despachos: Se verificaron giros sin despachos de importación.

Relación Ventas/Giros al exterior R04 Relación Ventas/Giros al exterior: Se verificaron inconsistencias en la relación ventas /giros al exterior.

Además por otros indicadores como el control del origen de los fondos para aplicar al giro del negocio, pueden aparecer los siguientes motivos:

R05 Bloqueado por la Dirección Regional: otros motivos
R06 CUIT con deuda exigible: se verifica la existencia de deudas exigibles ante la AFIP. En ese sentido y a los efectos de solucionar estos bloqueos, de darse los motivos R01, R02, R03, R04 y R05, se deberá concurrir a la Dirección Regional de jurisdicción del domicilio del contribuyente/importador. En los casos del motivo R06, corresponderá presentarse en la Dependencia donde el contribuyente/importador se encuentre inscripto.